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POSIBLE FONDO

viernes, 22 de enero de 2010

SERVICIOS FUNERARIOS DE MPPE

Este seguro cubre hasta por la cantidad de Bs. 10.000.000,00 (Bs. F 10.000,00).

Asegurados: Docentes, Administrativos, Obreros y Contratados (Jubilados, Pensionados y/o Incapacitados)

Activos:

* Titulares

* Cónyuges

* Hijos hasta 23 años.

* Padres (sin límite de edad)

La prestación del servicio por las empresas de la Red de Asistencia Funeraria en el ámbito Nacional, incluye los siguientes beneficios se describe a continuación:

* Ataúd adecuado para las exequias.

* Servicio de Capilla – Servicio de Cafetín.

* Aviso de Prensa Local donde ocurra el deceso o anuncio por una Emisora de la Localidad en caso de no poder utilizar la Prensa.

* Dos (2) Vehículos de acompañamiento para los Familiares.

* Una Cruz de Flores Naturales.

* Coche Fúnebre para el Traslado desde el Hospital, Clínica o Residencia hasta el lugar donde deberá efectuarse el Sepelio, donde haya ocurrido el fallecimiento.

* Preparación y arreglo del fallecido (normal).

* Realización de diligencias de Ley, necesarias para el Sepelio.

Requisitos a presentar para la tramitación contra reembolso:

* Original y copia del Acta de defunción o Certificado de Defunción.

* Fotocopia de la Cédula de Identidad y Partida de Nacimiento del Fallecido.

* Copia del último talón de pago o copia de la Resolución del fallecido, según sea el caso.

* En caso de que el fallecido sea un beneficiario (Padres, Hijos, Cónyuge) deberá presentar copia del respectivo documento que demuestre el parentesco con el titular de la póliza.

* Original de la Factura de la Funeraria debidamente cancelada, donde se describa el Servicio Prestado, debidamente Identificada con N° RIF y/o NIT.

* Certificado del Médico Forense donde se indique causa del fallecimiento.

Asimismo, se deberá consignar los Siguientes:

* Declaración de Herederos Universales, en caso de no existir Beneficiarios designados en la Póliza.

* Fotocopia de la Partida de Nacimiento y cédula de identidad de Herederos Universales en caso de no existir Beneficiarios designados en la Póliza.

* Autorización del Juez de Protección del Niño y del Adolescente o de Primera Instancia en lo Civil, nombrando a la persona que deberá retirar la indemnización correspondiente, cuando el Beneficiario sea niño, niña o adolescente.

* Cuando el Asegurado fallezca fuera de la República Bolivariana de Venezuela, todos los documentos probatorios deberán ser traducidos al idioma Español y estar autenticadas por el Consulado o Embajada del País donde ocurrió el fallecimiento.

En caso de Emergencia deberá presentar:

* Copia del Talón de Pago (vigente) o Resolución en caso de ser Jubilado.

* Copia de la cédula de identidad del Titular o Beneficiario.

* En caso de que el fallecido sea un Beneficiario, deberá presentar copia del respectivo documento que demuestre el parentesco con el titular de la póliza.

EN CASO DE EMERGENCIA: 0800 – FUNERAL / 0800-386-3725

El plazo para la solicitud del Reembolso es de Ciento Veinte (120) días continuos a partir de la fecha de fallecimiento.

5 comentarios:

  1. ESTA BUENO. PERO ES MEJOR ESTAR VIVOOOOOOOOOOOOO...

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  2. Gracias por la información, está bien resumida, me gustaría saber si es posible cuáles son las funerarias afiliadas al seguro ya que, tuve la oportunidad de presenciar una situación donde por no saber las funerarias afiliadas al seguro, se tuvo que recoger el dinero entre los familiares amigos y presentes. Claro luego se haría el reembolso, pero la idea es no pasar por esa situación. Se le agradece. Dios los bendiga.

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  3. Estimado anónimo en el número telefónico publicado te pueden dar esa información, sin embargo en cuanto pueda la estaré publicando. Te invito a que sigas visitando nuestro blog!!!

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  4. donde se deben introducir los papeles para reembolso de gastos funerarios?

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  5. Hola estimado anónimo, la oficina del seguro aquí en san Cristóbal es en la Escuela Bolivariana Carlos Rangel Lamus!!!!

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